‘No estás sola’: claves y cronología para entender el caso de la manada que ya puedes ver en Netflix

No estás sola

«Un caso que marcó un punto de inflexión sobre cómo entendíamos la violencia sexual en España», así presentaba Netflix  el caso de la violación múltiple de la manada que ha llevado a la pantalla en un documental titulado No estás sola: la lucha contra la manada. 

La sobrecogedora película analiza el caso que podría considerarse el primer #MeToo español, y se estrenó el próximo 1 de marzo y ya ha visto la luz un primer adelanto. 

Cinco hombres que se autodenominan ‘La Manada’ violaron a una joven en los San Fermines de 2016. El caso conmocionó a la sociedad española y generó una oleada de apoyo y solidaridad seguida de múltiples manifestaciones mostrando el desacuerdo contra la sentencia judicial.

Aunque este terrorífico suceso quedo grabado en la memoria de todos, los hechos y la judicialización del caso fueron complejos, por lo que queremos repasar las claves en las que se basa No estás solael documental que repasa lo ocurrido y ofrece testimonios que nunca antes habían salido a la luz.

A lo largo del documental los espectadores podrán escuchar por primera vez el testimonio que la víctima ofreció al juez, pero en la voz de Natalia de Molina, y leer una carta que escribe a los medios de comunicación: «Quiero agradecer a toda la gente que sin conocerme tomó España y me dio voz cuando muchos me la intentaron quitar».

El documental se basa en algunas de las fechas clave del terrible caso de violación múltiple: todo comienza el 7 de julio de 2016 coincidiendo con las fiestas de San Fermín. Una pareja encuentra a la víctima llorando en un banco y la acompañan a poner la denuncia a una comisaría de Pamplona. Ese mismo día los cinco miembros de ‘La Manada’, como se autodenominan, son detenidos:  prisión provisional, comunicada y sin fianza para los violadores.
Otra agresión: En octubre de 2016 y ya confirmada la prisión provisional para los cinco, se revisan sus móviles, a raíz de esta investigación se encuentra que los acusados también son responsables de otra agresión a una mujer, que ocurrió en un coche y fue grabada, unos meses antes de la que cometida en San Fermín. 
Petición de cárcel: En mayo de 2017 se hace pública la petición de condena por parte de la fiscalía: 22 años y 10 meses de prisión para los violadores. 18 son por un delito continuado de agresión sexual, dos años y 10 meses por un delito contra la intimidad y dos años más por robo con intimidación (le robaron el móvil para que no pudiera pedir ayuda).
«Hermana, yo sí te creo»: En noviembre de 2017 comienza el juicio a puerta cerrada para garantizar la privacidad de la víctima, que se mantiene hasta día de hoy. Sin conocerla, las calles de toda España se llenan de multitudes que gritan y se manifiestan para mostrarle su apoyo.
El polémico argumento de la defensa: Durante las conclusiones del juicio el abogado de tres de ellos llega a plantear que la víctima «no muestra abatimiento», para indignación de toda la sociedad.
La decepcionante sentencia y el clamor en las calles: Los jueces deciden que no hubo violación. Se trata de un abuso sexual. Mujeres de toda España salen a la calle a pedir un cambio en la legislación sobre los delitos sexuales al grito de ‘No es no’. La indignación es tal que Ejecutivo nacional que anuncia que se revisará el Código Penal.
Puesta en libertad: En 2018 salen en libertad bajo fianza y las manifestaciones vuelven a repetirse. Solo unos meses después, uno de ellos vuelve a prisión acusado de otros delitos.
Fecha clave: El 7 marzo de 2019 el Ministerio Público recurre ante el Tribunal Supremo la sentencia por considerar que los hombres cometieron delito de agresión y no abuso. Un día antes del Día Internacional de la Mujer.
Violación grupal:  El Tribunal Supremo concluye que los cinco miembros de La Manada cometieron una violación grupal y les condena a los acusados a 15 años de prisión porque la víctima «en ningún momento consiente». Esto marca un punto de inflexión en la legislación española. «Hizo que la misma adoptara una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducido a la fuerza, y las circunstancias personales de la víctima y de los acusados, lo que fue aprovechado por ellos para realizar los actos contra la libertad de aquella, al menos, diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales».
El caso Pozoblanco: El TS además corrobora la pena por los abusos sexuales a la joven de Córdoba.

 

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